Esta web utiliza cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar la visita, aunque en ningún caso se utilizan para recoger información de carácter personal.

Más información

CONSULTA PÚBLICA: ORDENANZA

Ayuntamiento de Algatocin
Ayuntamiento de Algatocin
Ayuntamiento de Algatocin   •  algatocinayto@gmail.com   •  952 150 000

Ayuntamiento de Algatocin

Panorámica
Fuente
Naturaleza
Ayuntamiento de Algatocin  algatocinayto@gmail.com   •  952 150 000

Noticias


CONSULTA PÚBLICA: ORDENANZA

Se abre el plazo para realizar aportaciones con respecto a:

LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR LA EXPEDICIÓN DE LA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE DECLARACIÓN DE ASIMILADO A FUERA DE ORDENACIÓN Y TASA POR EXPEDICIÓN DE CERTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA ACREDITATIVA DE ADECUACIÓN A LA ORDENACIÓN O SITUACIÓN DE FUERA DE ORDENACIÓN DE CONSTRUCCIONES, EDIFICACIONES E INSTALACIONES EXISTENTES EN SUELO URBANO Y NO URBANIZABLE EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALGATOCIN.

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2, y 142 de la Constitución, por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (TRLRHL), y según lo establecido en el artículo 53 del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el Decreto 60/2010, de 16 de marzo, de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, en relación a la Disposición Adicional Primera de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, este Ayuntamiento,  establece la TASA POR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE DECLARACIÓN EN SITUACIÓN LEGAL DE ASIMILADO A LA DE FUERA DE ORDENACIÓN DE CONSTRUCCIONES, EDIFICACIONES E INSTALACIONES Y OTRAS CERTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado R.D.L. 2/2004.

 

Con la presente ordenanza se pretende regular la tasa a cobra cuando se produzca el hecho imponible  por expedición de la resolución administrativa que acuerda la declaración en situación de asimilado a la de fuera de ordenación de obras, edificaciones e instalaciones ubicadas en suelo no urbanizable, la actividad municipal, técnica y administrativa, tendente a verificar si los actos de uso de suelo y en particular de construcción, edificación instalaciones y actividad ejecutados en suelo no urbanizable ejecutadas, sin la preceptiva licencia municipal o contraviniendo la misma, se encuentran en situación asimilada a fuera de ordenación así como la expedición de certificación administrativa acreditativa de adecuación a la ordenación o de situación de fuera de ordenacióny la emisión de las certificaciones a que se refieren los artículos 6 y 7 en relación con el 3.3 del 2/2012 de 10 de enero por que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable de Andalucía, tendente a verificar si los actos de uso de suelo y en particular los de construcción, edificación e instalaciones y actividades y ejecutadas en suelo no urbanizable y terminadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 19/1975 de 2 de mayo de Reforma sobre la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana sean o no conformes con la ordenación urbana, siguen manteniendo en la actualidad el uso y las características tipológicas a que se refieren los artículos 3.3, 6.3 y 7.2 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de edificaciones y asentamientos existentes en el suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

 

PLAZO PARA REALIZAR APORTACIONES:
Se concede un plazo de 10 días naturales para la realización de aportaciones contados desde el día siguiente al de su publicación en la página web del Ayuntamiento de Algatocín.